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Toda institución particular de
Educación Superior debe mencionar en
toda su publicidad y documentación el
número de Acuerdo de RVOE, la fecha de
expedición y la autoridad que lo otorgó.
La Ley General de Educación no establece
obligación expresa para las instituciones
particulares de obtener el RVOE, pero sí
las obliga a que en su publicidad y documentación
expresen su calidad de no incorporados, para
evitar engaños a los estudiantes y sus
padres.
Si Usted tiene alguna queja
o denuncia respecto a la Validez de algún
Programa Académico, envíenos el
Nombre de la Institución, dirección
y teléfono, la carrera o programa de
estudios, así como, el tipo de queja
o denuncia que desea expresar. Finalmente, para
poder darle alguna respuesta o información
proporcione, su nombre, dirección de
correo electrónico o teléfono.
QUEJAS Y DENUNCIAS SOBRE EL
SERVICIO QUE PRESTAN LAS INSTITUCIONES PARTICULARES
Lic. Alberto Navarro Acosta
Subdirector de Control Escolar
INFORMACIÓN DE TRAMITES
DE RVOE DE INSTITUCIONES PARTICULARES
Subdirectora de Reconocimiento
ORIENTACIÓN Y CONSULTAS
LEGALES
Lic. Roberto Rodríguez Hernández
Subdirector de Inspección
AUTENTICACIÓN DE TÍTULOS Y CERTIFICADOS
Lic. Jesús Salvador Ibieta Bustamante
Responsable de Certificación Escolar
REVALIDACIÓN Y EQUIVALENCIAS DE ESTUDIOS
Mtra. Leticia Olguín Sánchez
Jefe del Departamento de Equivalencias y Revalidaciones
EVALUACIÓN DE PLANES Y PROGRAMAS
Lic. Gloria Santos Mateos
Jefe del Departamento de Evaluación Curricular
CARTAS AL DIRECTOR
Lic. Armando Federico Negrete Martínez
Director de Instituciones Particulares de Educación
Superior
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