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Reservado
para Autoridades Educativas |
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Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios Superiores Federales y Estatales |
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¿Qué es un RVOE? |
El Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE)
es el acto de la autoridad educativa en virtud del
cual se determina incorporar un plan y programas de
estudio que un particular imparte, o pretende impartir,
al sistema educativo nacional.
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Preguntas frecuentes |
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1. |
¿El RVOE aplica a todos los programas educativos
que imparte una institución particular?
No, ya que el RVOE se otorga a un plan y programas
de estudios en lo particular, por lo tanto, es posible
que una institución privada cuente con el RVOE
para determinados planes y programas de estudio y
no cuente con RVOE para otros programas que también
imparte. |
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2. |
Si un programa
educativo se encuentra en trámite. ¿Necesariamente
se otorgará el RVOE?
No, ya que ello depende del cumplimiento de la institución
privada de los requisitos que exige el marco legal.
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3. |
¿Qué consecuencias tiene para los alumnos
que cursaron estudios en un programa al cual se le
negó el RVOE?
La consecuencia principal es que los estudios
que cursaron los estudiantes carecen de validez oficial
y por lo tanto carecen de la posibilidad de obtener
un título y cédula profesional.
Esto es más grave en el caso
de estudios relacionados con profesiones que requieren
forzosamente cédula profesional para su ejercicio,
tales como derecho, contaduría, médico
cirujano, enfermería, ingenierías, entre
otras.
Además, que carecen de la
posibilidad de obtener una equivalencia de estudios
que les permita continuar sus estudios en otra institución.
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4. |
¿Es obligatorio que las instituciones particulares
de Educación Superior obtengan el RVOE?
La Ley General de Educación
no establece prohibición expresa para las instituciones
particulares de obtener el RVOE, sin embargo, los
particulares que imparten estudios sin RVOE tienen
la obligación de mencionar en toda su publicidad
que hagan y documentación que emitan su calidad
de no incorporados, para evitar engaños a los
estudiantes y sus padres. El incumplimiento
de esta disposición puede derivar en la imposición
de las sanciones previstas en el Artículo 77
de la Ley en la materia.
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5. |
¿En dónde puedo consultar si el programa
de estudios que estoy cursando cuenta con RVOE?
Existen diversos caminos:
1.- En primer término la institución
particular debe mencionar en toda su publicidad y
documentación que emita el número de
Acuerdo de RVOE, la fecha de expedición y la
autoridad que lo otorgó. De no hacerlo, se
presume que los estudios carecen de validez oficial.
2.- En está página de Internet que incluye
los RVOES que otorgan las autoridades educativas Federal
y las de los Estados. En caso de que los estudios
cuenten con incorporación de otras instancias
educativas como las universidades autónomas,
acudir directamente a dichas instancias.
3.- Asimismo, se puede consultar dicha información
directamente ante las áreas responsables de
otorgar el RVOE de la SEP Federal y las Secretarías
de Educación Públicas Estatales.
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6. |
¿El
RVOE es una certificación o acreditación
de la calidad de los servicios que ofrece una institución
privada?
El RVOE significa simplemente el cumplimiento por
parte de un particular, de los requisitos mínimos
que establece la Ley General de Educación y
el Acuerdo Secretarial 279 para funcionar en cuanto
a: profesorado, instalaciones y planes y programas
de estudio.
Para que una institución conserve el RVOE,
las autoridades educativas Federales y Estatales supervisan
que las condiciones bajo las cuales se obtuvo el RVOE
se mantengan.
Sin embargo, la acreditación de la calidad,
entendida como un proceso de mejora continua en busca
de la excelencia, la realizan otras instancias externas
como los organismos acreditadores del Consejo para
la Acreditación de la Educación Superior,
A. C., COPAES y los Comités Interinstitucionales
para la Evaluación de la Educación Superior,
CIIES (a nivel de programas) y la Federación
de Instituciones Mexicanas Particulares de Educación
Superior, A. C., FIMPES (a nivel institucional).
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7. |
¿Qué hacer si el programa de estudios
que estaba cursando no obtuvo el RVOE?
En los casos en que los estudiantes
acrediten que fueron objeto de un engaño, la
SEP puede tomar medidas, dentro del marco legal, para
que resulten lo menos afectados en su trayectoria
académica.
Sin embargo, si los estudiantes tenían
conocimiento desde un principio que los estudios que
cursaban carecían de validez oficial y la institución
educativa cumplió con mencionar en su publicidad
y documentación su calidad de “estudios
no incorporados”, no hay nada que la autoridad
pueda hacer.
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8. |
¿Qué
instituciones pueden otorgar un RVOE del tipo superior?
Las instancias facultadas para otorgar el
RVOE son las siguientes:
Universidad Autónoma De Baja California Sur
(UABCS)
Universidad Autónoma De Ciudad Juárez
(UACJ)
Universidad Autónoma De Coahuila (UACOAH)
Universidad Autónoma De Chihuahua (UACH)
Universidad De Guadalajara (UDG)
Universidad Autónoma Del Estado De Hidalgo
(UAEH)
Universidad Autónoma Del Estado De México
(UAEMEX)
Universidad Autónoma Del Estado De Morelos
(UAEMOR)
Universidad Autónoma De Nuevo León (UANL)
Universidad Autónoma De Querétaro (UAQRO)
Universidad De Quintana Roo (UQROO)
Universidad Autónoma De Yucatán (UADY)
Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Universidad Nacional Autónoma De México
(UNAM)
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